Por FIN ! Ley Registro No LLame de la Ciudad de Buenos Aires


         

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  1. #1
    tgm
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    Predeterminado Por FIN ! Ley Registro No LLame de la Ciudad de Buenos Aires

    Esto lo pongo simplemente por que cada tanto me rompen las guindas soberanamente por telefono tratando de venderme cosas.

    Todo por ser cliente de falabella y garbarino

    ----------------------------------------------------------------------------------

    B.O. 10/08/06 Ciudad de Buenos Aires LEY N° 2.014 Registro No Llame.
    Buenos Aires, 29 de junio de 2006.

    La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1° - Creación Registro. Objeto. Créase en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el "Registro No Llame" con el objeto de proteger a los usuarios de servicios telefónicos de los posibles abusos que puedan surgir del uso del telemarketing para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios.

    Artículo 2° - Inscripción. Puede inscribirse en el "Registro No Llame" toda persona titular de una línea telefónica que manifieste su decisión de no ser contactada telefónicamente por empresas que, haciendo uso de datos personales, utilizan el sistema de telemarketing para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios en el ámbito de la ciudad.

    Artículo 3° - Definiciones. A los efectos de la presente ley se entiende por:

    Telemarketing: el uso de cualquier tipo de comunicación por vía telefónica mediante la cual un agente intenta publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios a un consumidor.

    Datos personales: información de cualquier tipo referida a personas físicas o de existencia ideal, determinadas o determinables.

    Artículo 4° - Obligaciones. Las empresas que utilizan el sistema de telemarketing para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios en el ámbito de la ciudad, no pueden dirigirse a ninguno de los inscriptos en el "Registro No Llame".

    Artículo 5° - Requisito. Para la inscripción en el "Registro No Llame" la persona debe consignar el número de teléfono que corresponde a la línea de la que es titular y al cual las empresas que utilizan el sistema de telemarketing para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios en el ámbito de la ciudad no podrán llamar, según lo dispone el artículo 4° de la presente ley.

    Artículo 6° - Duración y renovación de las inscripciones. Las inscripciones tienen una duración de dos (2) años a partir de su incorporación al "Registro No Llame" y se renuevan automáticamente por un período igual, salvo manifestación en contrario del registrado.

    Artículo 7° - Cancelación de la inscripción. Los inscriptos en el "Registro No Llame" pueden solicitar a la autoridad de aplicación la cancelación o baja de su inscripción en cualquier momento.

    Artículo 8° - Medios para la inscripción. La inscripción en el registro, así como la baja, deben ser posibles por medios eficaces, de uso rápido y sencillos, informáticos, telefónicos y/o postales, de acuerdo a lo que disponga la reglamentación de la presente ley.

    Artículo 9° - Autoridad de aplicación. La autoridad máxima en materia de defensa de los derechos del consumidor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es la autoridad de aplicación de la presente ley.

    Artículo 10 - Régimen procedimental. El régimen procedimental aplicable es el establecido en la Ley N° 757 - Procedimiento Administrativo para la Defensa del Consumidor y del Usuario - (B.O.C.B.A N° 1432).

    Artículo 11 - Plazos de notificación. Las empresas que utilizan el sistema de telemarketing para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios en el ámbito de la ciudad deben notificarse de las inscripciones registradas, dentro de los noventa (90) días a partir de la promulgación de la presente ley. En lo sucesivo deberán notificarse cada noventa (90) días de las altas y bajas del registro.

    Artículo 12 - El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los noventa (90) días a partir de su promulgación.

    Artículo 13 - Comuníquese, etc. de Estrada - Bello

    Buenos Aires, 7 de agosto de 2006.

    En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 2.014 (Expediente N° 40.311/06), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 29 de junio de 2006, ha quedado automáticamente promulgada el día 26 de julio de 2006.

    Dése al Registro, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado cuerpo por intermedio de la Dirección General de Coordinación de Asuntos Legislativos; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás efectos al Ministerio de Producción. Cumplido, archívese.



  2. #2
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    Buenisimoooooooo,a ver si ahora se dejan de romper con tantas llamadas que no interesan en nada.........

  3. #3
    Administrador Avatar de vgroup
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    Groso !
    Ninguna máquina me va a felicitar más por "ser ganador de un plan de facilidades por un Volkswagen Gol" !!!

  4. #4
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    Cita Iniciado por vgroup
    Groso !
    Ninguna máquina me va a felicitar más por "ser ganador de un plan de facilidades por un Volkswagen Gol" !!!
    jajajajaja,ciertooooooo,si fuera por todas las llamadas que se reciben por lo del auto........Ya tendriamos una concesionaria!!!!!!!!!

  5. #5
    Usuario Avatar de Sebasg1973
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    Vos tambien vgroup, que tipos de suerte, estamos n el mismo foro y somo los felices ganadores.
    Me quiero anotar ya, me tienen podrido, me llenan la casilla y o te ofrecen boludeces. Dios bendiga a esa LEY, de vez en cuando alguna ley como la gente sacan. Saludos.

  6. #6
    Usuario Avatar de Sebasg1973
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    Predeterminado

    Y un pequeño detalle? Donde hay que inscribirse o hay telefono o como todo bien para el "usuario" hay llenar 200 formularios, por triplicado certificados via banco y en letra de de impreta con lapicera negra.

    En la pagina del gobieno e la ciudad no figura nada.

  7. #7
    tgm
    tgm está desconectado
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    Predeterminado

    Cita Iniciado por Sebasg1973
    En la pagina del gobieno e la ciudad no figura nada.
    Sebas1973, Fijate que al final dice "publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires" cuando sea publicada sera "oficializada" y a partir de ese momento deberia estar disponible el link (o similar) para anortarse en cuanto a los formularios... la experiencia me dice que va a ser mas dificil borrarse de las bases de datos que figurar en ellas...

  8. #8
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    Predeterminado Gracias

    Que buen dato!!!!!!,la verdad que ni enterado de todo esto,hasta pensè que nadie nunca se ocuparia de frenar dicha molestia telefonica.
    Gracias de nuevo

  9. #9
    Usuario Avatar de Foxo
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    Predeterminado

    Que bueno cuando se roben esa lista no? no solo van a tener los numeros telefonicos, sino tambien datos completos de las personas :P

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